Blogia
jessiwilk

EL DERECHO DE CITA. ¿QUE CONDICIONES SE REQUIEREN PARA PODER CITAR A OTRO?

 

Para proteger el derecho a la información, se considera legitima la reproducción, como cita, de obras literarias y periodísticas sin necesidad de solicitarle previamente autorización al autor, como lo establece el artículo 31 de la ley de 1982 sobre los derechos de autor. "Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que no sean tantos  y tan seguidos que razonadamente puedan considerarse como una reproducción simulada y sustancial, que redunde en perjuicio del autor de la obra de donde se toman. En cada cita debera mencionarse el nombre del autor de la obra citada y el titulo de dicha obra.

0 comentarios